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Reglamento para los visitantes

ACCESO A LOS MUSEOS

Las instalaciones de Musea Brugge están abiertas al público entre las 09:30 y las 17:00 horas (Camanaria/Belfort: entre las 9.00 / 10.00 y las 18.00 / 20.00 horas) durante sus respectivos días de apertura fijos, tal y como figuran en línea y en el sitio.

Los detalles de accesibilidad se anuncian en línea y a la entrada del museo. Solo será posible el acceso hasta 30 minutos antes de la hora de cierre, con excepción del Campanario donde la última entrada permitida será 60 minutos antes de la hora de cerrar. Los museos están cerrados el 1 de enero, el día de la Ascensión (por la tarde) y el 25 de diciembre, y están abiertos el lunes de Pascua y lunes de Pentecostés

ACCESO A LAS SALAS

Artículo 1

Para visitar las salas del museo se debe estar en posesión de un billete de entrada válido. El que alguna de las salas de exposición no esté accesible, no da derecho a la devolución del importe de la entrada.

Artículo 2

Musea Brugge no es responsable de la pérdida, robo o daño sufrido al utilizar el guardarropa o las taquillas gratuitas. Tras el cierre, los objetos que no hayan sido recogidos serán considerados objetos perdidos.

Artículo 3

Está prohibido acceder a las salas de exposición con:
- equipaje de mano que exceda los 34 x 22 cm.
- mochilas porta bebé para la espalda ni mochilas voluminosas
- bastones cuya base no esté protegida
- paraguas
- abrigos mojados
- mantos y capas, que los visitantes no puedan llevar sobre el brazo o sobre los hombros
- objetos que, debido al fin para el que se utilizan o por sus características, supongan un riesgopara la seguridad de las personas, las obras de arte o los edificios
- animales (domésticos), a excepción de los perros de asistencia
- comestibles y bebidas
- sillas plegables personales, salvo si las utilizan personas con una limitación que recibirán permiso para ello del personal de vigilancia

Las mochilas pequeñas permitidas deben llevarse en la mano y no colgadas a la espalda.

Esta lista no es limitativa. El personal de vigilancia está autorizado a juzgar si un objeto puede llevarse durante una visita al museo.

Artículo 4

Por razones de seguridad, el personal de vigilancia puede pedirles a los visitantes que abran sus bolsas y paquetes y muestren su contenido a la entrada del museo.

ÉTICA DEL VISITANTE

Artículo 5

1. Durante la estancia en el museo se espera de los visitantes que adopten una actitud que se ajuste al orden público y a las buenas costumbres. El visitante deberá obedecer inmediatamente las indicaciones e instrucciones de los funcionarios autorizados. El incumplimiento puede ser motivo de que al visitante se le niegue la entrada al museo temporal o definitivamente.

2. Los niños deben ir acompañados de adultos. Los niños pequeños deberán ser llevados de la mano. Los padres, acompañantes o profesores de niños/grupos serán responsables del comportamiento de las personas a las que acompañan.

Artículo 6

Entre otras cosas está prohibido:
- situarse a una distancia insegura (mínimo 60cm) de las obras de arte, tocar los objetos expuestos, señalar las obras de arte con un objeto
- apoyarse contra las paredes, correr, empujar, patinar o escalar y tumbarse en los bancos
- molestar a otros visitantes deliberada y prolongadamente y suponer un estorbo en los pasillos y salidas, en especial por permanecer sentado en las escaleras
- fumar
- causar ruidos molestos
- hacer negocios, hacer publicidad, repartir propaganda o reclutar

GRABACIONES Y ENCUESTAS

Artículo 7

Salvo que se exprese lo contrario, durante las horas de apertura al público, el visitante puede hacer grabaciones y fotografías de las obras de arte, para uso privado, sin flash ni trípode, en las salas de la exposición permanente.

En las salas donde tienen lugar exposiciones temporales, está prohibido realizar grabaciones.

Artículo 8

A menos que previamente se haya obtenido permiso por escrito, está prohibido hacer fotografías, vídeos o películas utilizando focos, aparatos de flash, trípodes u otros medios de ayuda. Las mismas reglas son también de aplicación para el uso de perchas con micrófono en las grabaciones con sonido en Musea Brugge. La petición de permiso debe dirigirse al servicio de prensa y comunicación (Dienst Pers & Communicatie).

Artículo 9

Es posible que el visitante sea fotografiado o grabado durante su paso por el museo. Estas grabaciones pueden utilizarse en las comunicaciones del museo. Se solicita al visitante que informe inmediatamente de su disconformidad al fotógrafo o cámara implicado. En todos los edificios de Musea Brugge también hay vigilancia permanente por cámara.

SEGURIDAD DE LAS PERSONAS, LAS OBRAS DE ARTE Y LOS EDIFICIOS

Artículo 10

Ante cualquier acontecimiento ilegal o inusual, podrán tomarse las medidas necesarias, en especial el cierre de los accesos y el control de las salidas. Estas medidas implican que se espera de los visitantes que permanezcan en el museo hasta que llegue la policía.

Artículo 11

En caso de una afluencia de gente demasiado grande, disturbios o circunstancias de la naturaleza que puedan poner en peligro la seguridad de personas o bienes, puede decidirse el cierre parcial o total del museo o la modificación de las horas de apertura.

LAS MEDIDAS COVID-19

Al comprar un billete de entrada, el visitante se compromete a respetar todas las medidas COVID-19 vigentes en nuestros museos. Para garantizar la seguridad de los visitantes y del personal, se proporcionarán directrices específicas durante la visita al museo. Estas directrices pueden evolucionar en función de las medidas adoptadas por el gobierno en relación con el COVID-19. Las directrices se pueden consultar siempre en el sitio web de Musea Brugge y están expuestas visiblemente en la recepción y/o en otros lugares del museo.

QUEJAS

Artículo 12

Entre otros, el visitante no tendrá derecho de indemnización por las siguientes quejas y circunstancias, y por lo tanto no desembocarán en ninguna obligación o resarcimiento del museo para con el visitante:
- que objetos de la colección no estén visibles/presentes
- que el museo esté parcialmente cerrado, en lo que se incluye pero sin limitarse a: el cierre parcial como consecuencia del montaje o desmontaje de las exposiciones
- molestias o incomodidades causadas por otros visitantes, incluyendo pero sin limitarse a: ruidos molestos, conducta inapropiada o robo
- molestias o incomodidades causadas por obras de mantenimiento, entre las que se incluyen pero sin limitarse a: la reforma o (re)habilitación de espacios
- molestias o incomodidades causadas porque las facilidades del museo no funcionen como es debido.

Artículo 13

El departamento de control interno cuenta con su propio procedimiento escrito para recibir, registrar, analizar y tramitar las quejas, procedimiento que debe aplicar. Este procedimiento prevé como mínimo que: 1) el reclamante reciba un acuse de recibo en un plazo máximo de cinco días laborables, tras la recepción de la reclamación por parte de la empresa o departamento, en el que se indiquen los datos de contacto de la persona o el departamento que tramitará la reclamación; 2) se notifique una respuesta fundada al reclamante en un plazo de dos meses tras la recepción de la reclamación.

Los visitantes pueden presentar reclamaciones y sugerencias escribiendo a musea@brugge.be.

SANCIONES

Artículo 14

El negarse a cumplir las disposiciones de este reglamento, tendrá como consecuencia la expulsión inmediata del museo.

Artículo 15

A este reglamento se le aplicará el derecho belga.

Artículo 16

Todos los conflictos que resulten de este reglamento, se presentarán exclusivamente ante los juzgados con sede en Brujas.